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Ante esta situación extraordinaria provocada por la pandemia del coronavirus, la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo ha publicado la Resolución, por la que se modifican las habilitaciones para la apertura comercial de domingos y festivos durante el período correspondiente a la Semana Santa y Pascua.

Los únicos días de apertura de los establecimientos habilitados para la venta comercial en este estado de Alarma y que posean más de 300 m2 de sala de venta son: el día 10 viernes Santo y el lunes día 13 de abril.
Con esta decisión, se acuerda modificar la Resolución de 4 de octubre de 2019, del Honorable Conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se determinan los domingos y los días festivos hábiles para la práctica comercial en 2020, y en concreto:
a) Suspender las habilitaciones para la apertura comercial al público de los días 5 de abril, domingo de Ramos, y 12 de abril de 2020 Domingo de Pascua, por razón de tratarse de días de mayor afluencia turística en la Comunitat Valenciana, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 18.1 de la Ley 3/2011, de 23 de marzo, de comercio de la Comunitat Valenciana, ya que durante la duración de estado de alarma han desaparecido todas las circunstancias y las causas que motivaron la autorización inicial.
b) Habilitar el lunes 13 de abril, Lunes de Pascua, para la apertura comercial al público.
c) Mantener el día 10 de abril, Viernes Santo, habilitado para la apertura comercial al público.
Independientemente de esta resolución, el establecimiento podrá decidir libremente si abre o no al público.
Disfrutarán de plena libertad de apertura los comercios con menos de 300 m2 de sala de venta excluidos los pertenecientes a empresas o grupos de distribución que no tengan la consideración de pyme.