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Os informamos que se ha aprobado por el Consell, el Decreto 192/2021 de modificación del Decreto 61/2021, de 14 de mayo, del Consell, de aprobación de las bases reguladoras para la concesión directa de subvenciones extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial, en la Comunitat Valenciana.
El plazo de solicitud se iniciará a las 09.00 horas del día 4 de diciembre de 2021 y finalizará a las 23.59 horas del día 13 de diciembre de 2021.
En aquellos casos en los que se haya presentado ya una solicitud para acceder a las ayudas, se podrá presentar nueva solicitud en los plazos indicados, en los casos en que la solicitud no haya sido resuelta, se tendrá en cuenta solamente la última solicitud presentada, que deberá recoger la totalidad de los gastos que se vayan a imputar a la subvención. En los casos en que la solicitud ya haya sido resuelta, se podrá presentar una nueva, declarando los nuevos gastos subvencionables (como los costes fijos y los vinculados al nuevo periodo impositiva, hasta el 30 de septiembre) adicionales a los de las solicitudes anteriores, sin perjuicio de la aplicación de los límites máximos correspondientes.

Las novedades de esta tercera convocatoria son:
  • Que las cantidades que se destinen a satisfacer deuda pendiente con proveedores y/o acreedores financieros y no financieros, pasarán a ser subvencionables los costes fijos incurridos, aún cuando no hayan sido determinantes de pérdidas.
  • Se amplía en cuatro meses, desde el 31 de mayo hasta el 30 de septiembre, el periodo de devengo de la deuda y los costes fijos incurridos, procedentes de contratos anteriores al 13 de marzo de 2021.
  • Se permite a las empresas que teniendo resultado neto negativo en 2019 y no lo hayan tenido en 2018, lo que justifica el carácter excepcional de esta segunda situación, que puedan acogerse a estas ayudas, si cumplen el resto de requisitos establecidos.
  • La presentación de las solicitudes se realizará de forma telemática (directamente, sin solicitud de cita previa) mediante firma electrónica avanzada a través del siguiente enlace: https://sede.gva.es.
Igualmente, se introducen modificaciones en materia de justificación de las ayudas derivadas de la inclusión de los costes fijos como subvencionables, aunque no hayan sido determinantes de pérdidas.
Si eres Socio te asesoramos y ayudamos a realizar los trámites gratuitamente para su solicitud.
Decreto 192/2021, delConsell, de modificación del Decreto 61/2021, de 14 de mayo, del Consell, de aprobación de las bases reguladoras para la concesión directa de subvenciones extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial, en la Comunitat Valenciana.

INFORMACIÓN DE LA TERCERA CONVOCATORIA DESUBVENCIONES EXTRAORDINARIAS DE APOYO A LA SOLVENCIA EMPRESARIAL POR LA COVID-19.