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Desde la Junta Directiva os informamos que en la Diputación Provincial de Alicante, se ha aprobado una convocatoria de subvenciones nominativas a Ayuntamientos de la provincia con destino a minimizar el impacto económico que el Covid-19, en base a ello, el Ayuntamiento de Benidorm aprueba este programa de ayudas que está dirigido a aquellos que ejerzan una actividad comercial con establecimiento abierto al público en la ciudad.

Beneficiarios: Podrán serbeneficiarias las personas físicas o jurídicas,válidamente constituidas que ejerzan su actividad comercial en el municipio de Benidorm,cualquiera que sea su formajurídica,con alta censal en alguna de las siguientes agrupaciones,grupos o epígrafes del IAE (ver tabla).

Cuantía de las ayudas: Se subvencionarán 400 euros por establecimiento según los conceptos subvencionables justificados y debidamente pagados, excluidos los impuestos indirectos.

Plazo de solicitud: El plazo para la presentación de solicitudes será de 10 días naturales, es decir, contados a partir del sábado 24 de octubre. Último día de presentación el lunes 2 de noviembre 2020.

Gastos subvencionables:

a)     El alquiler mensual del local de negocio.

b)     Los gastos de publicidad de actuaciones o eventos que hayan sido afectados negativamente por el estado de alarma.

c)     Los gastos de consultoría y asesoría realizados como consecuencia de la situación del estado de alarma.

d)     Los gastos de contratos de suministro de energía, agua, teléfono o internet referidos necesariamente al local de negocio.

e)     El alquiler de vehículos comerciales afectos 100% a la actividad empresarial directamente afectada por el COVID-19.

Serán subvencionables los gastos de funcionamiento en general que tengan carácter corriente abonados entre el 1 de marzo de 2020, a excepción de los gastos de publicidad que se admitirán los abonados desde el 15 de febrero de 2020, hasta el último día del plazo habilitado al efecto para la presentación de la solicitud al Ayuntamiento (2/11/2020).

*No se admitirán como justificantes de pago de los conceptos anteriores los pagos en efectivo.

*El IVA y el resto de impuestos y tasas no son conceptos subvencionables.

*Para el caso de que una persona física o jurídica tenga más de un establecimiento comercial abierto al público deberá presentar una solicitud por cada establecimiento.

Documentación a aportar por los solicitantes:

Se presentará el modelo normalizado de solicitud de ayuda que deberá estar firmado por la persona interesada o su representante legal, dirigido al Excmo. Ayuntamiento de Benidorm, y acompañado obligatoriamente con la siguiente documentación:

A.- En caso de personas físicas/autónomos(pinchar aquí).

B.- En caso de personas jurídicas, sociedad civil, comunidad de bienes u otras entidades económicas sin personalidad jurídica

(pinchar aquí).

Compatibilidad e incompatibilidad con otras ayudas:

Las subvenciones objeto serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de cualesquiera otras administraciones o entes públicos o privados, estatales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, incluida la “Subvención del Ayuntamiento de Benidorm destinada a apoyar al comercio local y servicios para hacer frente a los efectos originados por el COVID-19 aprobada por Junta de Gobierno Local el 15 de julio 2020 publicadas en el BOP nº 135 de 20 de julio de 2020”.

Excepto cuando los solicitantes sean personas trabajadoras autónomas (Régimen Especial de trabajadores autónomos de la Seguridad Social) hayan sido beneficiarios, de conformidad con el artículo 12 del DECRETO 44/2020, de 3 de abril, del Consell, de aprobación de las bases reguladoras de concesión directa de ayudas urgentes a personas trabajadoras en régimen de autónomo afectadas por la Covid-19, estas ayudas son incompatibles con las concedidas por la Generalitat Valenciana.

Para aclarar dudas y conceptos consulta las bases reguladoras de las ayudas (pincha aquí).

INFORMACIÓN RESUMIDA SOBRE LAS AYUDAS PARA PYMES, MICROPYMES Y AUTÓNOMOS DE BENIDORM FINANCIADAS POR LA EXMA. DIPUTACIÓN DE ALICANTE.